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Colza
- Diccionario: El pequeño Larousse Gastronomique en español
Planta oleaginosa de la familia de las brasicáceas muy cultivada en Francia y en Europa. Sus semillas, ricas en aceite, se trituran para separar el aceite de la parte sólida (las proteínas), la llamada “torta”, destinada a la alimentación de los animales de cría. La trituración es una operación de molturación por fricción, que combina un movimiento de frotado con una fuerte presión.
El aceite de colza se aconseja para aderezar, sobre todo por su riqueza en omega-3. Se conserva bien y se mantiene líquido hasta alrededor de los 0 °C.
Materia grasa
- Diccionario: El pequeño Larousse Gastronomique en español
Cuerpo graso alimentario utilizado en cocina y en pastelería como grasa de cocción, condimento o sazonador, como ingrediente de base o complementario, o como medio de conservación.
Ciertas materias grasas sólo se utilizan cocidas (manteca de cerdo), otras conocen empleos crudos o cocidos (mantequilla, ciertos aceites), mientras que las hay que no soportan ninguna cocción por ser ricas en ácidos grasos insaturados (aceite de nueces o de almendras).
Diversas materias grasas están vinculadas a tradiciones culinarias bien precisas: mantequilla de karité en África, aceite de ajonjolí en Asia, smeun en el norte de África, ghee en la India, grasa de riñón de res en el Reino Unido, manteca de cerdo en México. Además, las materias grasas son componentes importantes de ciertos alimentos.
– Cuerpos grasos sólidos. Comprenden la mantequilla, la margarina y las grasas vegetales. Entre las grasas animales, igualmente sólidas, se emplea sobre todo la manteca de cerdo y el tocino, la grasa de ternera, la grasa de riñón de res y de cordero, y la grasa de oca. A excepción de esta última, rica en ácidos grasos insaturados, se recomienda limitar su uso por ser ricas en grasas saturadas.
– Cuerpos grasos líquidos. Comprenden principalmente los aceites extraídos del maíz, la soya, el cacahuate, la oliva, la nuez, el cártamo, la colza, el ajonjolí, etc. Son ricos en ácidos grasos, excepto el aceite de palma o de copra.
Organismo Genéticamente Modificado (OGM)
- Diccionario: El pequeño Larousse Gastronomique en español
Se define como “organismo (a excepción de los seres humanos) cuyo material genético ha sido modificado de un modo que no puede efectuarse de forma natural por multiplicación y/o por recombinación”, según la directiva comunitaria 2001/18/CE. Las técnicas de modificación creadas pretenden acentuar o, al contrario, atenuar ciertas características del organismo, conferirle otras juzgadas deseables o eliminar las consideradas indeseables. Las transformaciones genéticas que se vienen efectuando se dan, en particular, en las especies vegetales ampliamente cultivadas, como el maíz, la soya, el betabel o la colza.
En el seno de la Unión Europea, la diseminación deliberada de OGM en el entorno (“pruebas de campo”) y su puesta en el mercado obedecen a una reglamentación muy estricta, pero en constante evolución. Por ejemplo, una directiva hace obligatorio el etiquetado de los OGM y de los productos obtenidos a partir de estos organismos para los artículos alimentarios y sus ingredientes (incluidos los aromas y aditivos) considerados individualmente, cuando su presencia (salvo de forma fortuita) supera un umbral de 0,9%.
Cuando el producto contiene o está formado por OGM (por ejemplo, maíz dulce), la etiqueta lleva la información siguiente: “genéticamente modificado” o “contiene (nombre del ingrediente) producido a partir de (nombre del organismo) genéticamente modificado”. Cuando un artículo contiene varios ingredientes, la información sobre la presencia de OGM debe precisarse en relación con cada ingrediente de la lista de los ingredientes o en la parte inferior de esta lista.
En el caso de los productos alimentarios no envasados previamente (salvo los que se sirven en restauración), la información debe exponerse de forma legible, bien en el expositor del producto o cerca de éste, o bien en el material de embalaje. En cambio, la obligación del etiquetado no afecta a los productos obtenidos con ayuda de un OGM (por ejemplo, leche, carne o huevos obtenidos de animales alimentados con OGM), ni a ciertas sustancias utilizadas durante la fabricación de un producto alimentario (auxiliares tecnológicos, soportes de aditivos y aromas, etc.).
La utilización de OGM o de sus productos derivados (salvo la de medicamentos veterinarios) está prohibida para la agricultura biológica, a pesar de que sus productos no pueden ser calificados de “sin OGM“ debido a su protección (posibilidad de una polinización cruzada en el campo, por ejemplo). Cualquier alegación negativa está regida por unos criterios estrictos, a los que el operador debe ajustarse. La existencia y la utilización de estos OGM es una cuestión controvertida.